Subsidios
Mediante el programa denominado Pobreza y Discapacidad, el Consejo Nacional
de Personas con Discapacidad, Conapdis,
contribuye a mejorar la calidad de vida de las personas
con discapacidad en condición de pobreza y en estado de abandono
y/o riesgo social.
Región de Acordeón
|
Objetivos
específicos
|
Aportar
a personas con discapacidad en condición de pobreza recursos para el acceso
a servicios y apoyos diversos.
Aportar
a personas con discapacidad en estado de abandono recursos para la
satisfacción de necesidades básicas y las derivadas de la discapacidad.
|
Cobertura
geográfica
|
Nacional
|
Características
de la ejecución:
|
La responsabilidad
de la ejecución del Programa le corresponde al Director de Operaciones
Regionales, que contará con las siguientes Rectorías Regionales en
Discapacidad, cada una bajo la responsabilidad de una jefatura:
Rectoría
Regional Brunca (Pérez Zeledón)
Rectoría
Regional Central Norte
Rectoría
Regional Occidente (Naranjo)
Rectoría
Regional Oriente (Turrialba)
Rectoría
Regional Central Sur
Rectoría
Regional Chorotega (Santa Cruz, Guanacaste)
Rectoría
Regional Atlántica (Limón)
Rectoría
Regional Pacifico Central (Puntarenas)
Rectoría
Regional Huetar Norte (San Carlos)
El
Conapdis desarrolla acciones tendientes a facilitar el acceso a servicios
que apunten al desarrollo de capacidades individuales y les permita superar
paulatinamente la
situación de desventaja social
y la satisfacción de necesidades derivadas de la discapacidad
que favorezcan la calidad de vida y
el ejercicio de los derechos y la promoción de estilos de vida
independiente.
Para
abordar lo anterior, se establecen dos Ejes de intervención con diferentes
modalidades de atención.
|
Eje de
Promoción
|
Eje
cuya finalidad es facilitar el acceso a servicios, apoyos diversos con el
propósito de contribuir con el desarrollo de capacidades individuales y
facilitar el pleno goce del derecho de las personas con discapacidad de
vivir en igualdad de condiciones.
|
Eje de
Protección
|
Eje
destinado a la atención de las necesidades básicas y las derivadas de la
discapacidad de aquellas personas que enfrentan mayor
vulnerabilidad social y requieren ambientes de convivencia más
estable; dado que sus familiares biológicos no ejercieron adecuadamente su
rol de protección y
se encuentran en
condición de abandono.
El fin es llevar a cabo acciones concretas,
conjuntamente con la comunidad, para la atención de estas personas que
presentan las particularidades antes mencionadas.
Las
características de esta población entre muchas otras, están antecedentes de
violencia física, psicológica sexual
y /o patrimonial. Lo
cual trae como
consecuencia que la población sea establece y no egresa
dado su perfil caracterizado.
Además
se busca que en aquellos sistemas familiares donde hay presencia de
indicadores de riesgo de abandono y hay vinculación biológica o por
afinidad con el beneficiario se otorga el subsidio para prevenir esta
situación y mantener los vínculos afectivos con su familia de origen.
Las
personas que resulten beneficiarias del eje de protección deben encontrarse
en condición de abandono comprobado, y no deberán encontrarse en condición
de apoyos a la discapacidad generalizados o para hospitalarios según la Ley
del Programa de Convivencia Familiar. Esto se determinará de acuerdo a cada
situación en concreto.
Las
diferentes modalidades residenciales que comprenden el eje de protección
del programa no podrán ser utilizadas como hogares sustitutos o como
opciones para cumplir medidas privativas de libertad, no podrán suplir los
servicios médicos o cualquier otro fin que se aparte del objetivo del
programa, sea, procurar a las personas que califiquen como beneficiarias de
una alternativa residencial en un ambiente comunitario y familiar.
Las
personas a beneficiar con recursos del FODESAF, serán aceptadas solamente
cuando pertenezcan a las categorías de pobreza y pobreza extrema definidas
por el INEC
|
Orígenes
de los fondos
|
El Eje
de Promoción utiliza recursos provenientes de la Ley Nº 5662, y sus reforma
y de la Ley 8783 y su reglamento.
El Eje
de Protección utiliza recursos
provenientes de las
leyes Nº 5662
y Ley Nº
8783.
|
Poblaciones
meta
|
El Eje
de Promoción beneficia aquellas personas con discapacidad en condición de
pobreza, costarricenses y extranjeros residentes legales del país, menores
de 65 años de edad inclusive; incluyendo a las personas menores de edad con
discapacidad que se encuentren en condición de pobreza, aunque carezcan de
una situación migratoria regular en el territorio nacional, de conformidad
con lo dispuesto en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
El Eje
de Protección beneficia la población adulta con discapacidad, mayor de 18
años de edad y menor de 65 años de edad inclusive, que se encuentre en
condición de abandono comprobado, por lo que requerirán, además del
subsidio, que se le incluya en una opción residencial para poder
desarrollar su vida digna e independientemente. Los
beneficiarios del programa
que alcanzan los 65 años de edad y las situaciones de personas mayores de
65 años que no han sido beneficiarios anteriormente, deberán ser referidos
al Consejo Nacional Persona Adulta Mayor, al ser la Institución competente
|
|
Beneficios para las personas con discapacidad.
Eje de Promoción:
Artículo
8° del Reglamento de Subsidios dice que las personas beneficiarias del Programa
Pobreza y Discapacidad, Eje de Promoción, podrán recibir subsidios para los
siguientes destinos de inversión:
Complementos nutricionales
Medicamentos especializados
Pañales
Mensualidad
Material
didáctico
Transporte
Recreación
Eje de Protección:
Las
modalidades en las que se ubican las personas beneficiaras de subsidios del Eje
de
Protección, y que se encuentran descritas en el
Reglamento son las siguientes:
Modalidades Residenciales
Hogar
Multifamiliar: Modalidad residencial que se clasifica de acuerdo a las
características de sus miembros, a saber:
Hogar multifamiliar parental
Hogar multifamiliar filial
Hogar multifamiliar de pares
Familia Solidaria
Hogar Unipersonal
Hogar de Convivencia en Pareja
Residencias Privadas
Hogar
Grupal
Rubros para los cuales se otorga subsidios con
el Programa de Protección:
Artículos personales
Alimentación
Artículos de limpieza
Artículos o Gastos Personales
Atención directa
Actividades de recreación
Complementos
nutricionales
Mantenimiento
Material
didáctico
Medicamentos especializados
Menaje
Enseres domésticos
Mensualidad
Pañales
Recreación
Servicios públicos
Transporte
Vestido
y calzado
Vivienda
Si
requiere más información sobre este tema puede referirse a la rectoría regional
del Conapdis más cercana.
Rectorías regionales en discapacidad:
Rectoría Región Brunca. San Isidro de El
General. Barrio Villa Ligia.
Contiguo al Colegio Técnico Profesional.
Tel. 2771-40-28
Rectoría Región Central Norte. La Valencia de
Heredia.
200 m norte del Cementerio Jardines del
Recuerdo.
Tel. 2562-3170.
Rectoría Región Central Occidente. Naranjo
Centro.
100 sur y 50 oeste Banco Nacional. Oficentro.
Tel. 2451-3418.
Rectoría Región Central Oriente. Turrialba.
Barrio Campabadal. 50 oeste y 150 sur del
parque INVU.
Tel. 2556-6304.
Rectoría Región Central Sur. La Valencia de
Heredia.
200 m norte del Cementerio Jardines del
Recuerdo.
Tel. 2562-3133
Rectoría Región Chorotega. Santa Cruz.
225 m sur del Seguro Social.
Tel. 2680-0870.
Rectoría Región Huetar Atlántico, Limón.
175 m oeste del Supermercado Arrecife.
Tel. 2758-4746.
Rectoría Región Huetar Norte. Ciudad Quesada.
150 m sur del Liceo San Carlos.
Tel. 2460-4449.
Rectoría Región Pacífico Central. Puntarenas.
El Roble de Puntarenas. 200 m este Correos de
Costa Rica.
Tel. 2664-0808.