Área o Departamento
Unidad de
Fiscalización
Descripción
Conjunto de
acciones mediante las cuales el Conapdis
fiscaliza las actuaciones de
entidades públicas y privadas, para comprobar el cumplimiento de la
normativa en discapacidad y accesibilidad.
La Unidad de
Fiscalización estableció la Estrategia de Fiscalización de Mediano Plazo
2015-2018, cuyo propósito es aportar líneas generales y criterios
relevantes que orienten y consoliden la labor fiscalizadora de la
institución, en un determinado tiempo y espacio, con ejes de prioridad que
evidencian mayor incumplimiento o vulnerabilidad de los derechos de las
personas con discapacidad en la gestión pública. Este periodo de cuatro
años, coincide con el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 y las
prioridades del gobierno en el eje del Sector Desarrollo Humano e Inclusión
Social y acciones vinculadas con la atención de población con discapacidad
en condición de exclusión social y pobreza.
El reto de la
estrategia es el desarrollo de un proceso de fiscalización encauzado a
observar, analizar y verificar el cumplimiento por parte de las entidades
públicas y privadas, de la normativa nacional e internacional ratificada
por nuestro país, vinculada con los derechos humanos de las personas con
discapacidad.
Este proceso se
abordará desde lo local a lo nacional, respondiendo una labor institucional
con enfoque de desarrollo territorial.
El ámbito local se
asume a partir de la selección de territorios o cantones definidos como
prioritarios en el Plan Nacional de Desarrollo y la jerarquización que se
realiza en la Unidad, de acuerdo con la posición que ocupan en: Índice de
Desarrollo Social 2013, Índice de Desarrollo Humano 2011, Índice de Pobreza
Humana 2011 y porcentaje de personas con discapacidad según Censo Nacional
de Población y Vivienda 2011. Esta fiscalización en territorio implica
evaluar a distintas entidades públicas con presencia en los cantones
seleccionados, así como a otras entidades locales privadas que brindan
servicios a personas con discapacidad. Este proceso, incluye la percepción
de las personas con discapacidad como usuarias de los servicios brindados
por las entidades seleccionadas en cada uno de los cantones, esto con el
fin de verificar efectivamente el cumplimiento de la normativa por parte de
las entidades, según las necesidades y derechos de las personas con
discapacidad.
Por otra parte, se
realizarán fiscalizaciones emergentes, éstas contemplan otras entidades no
incluidas en las auditorías realizadas en las fiscalizaciones en
territorio.
Además de la
estrategia, desde la Unidad de Fiscalización se fiscaliza, entre otros
aspectos, el cumplimiento del artículo 46 bis de la ley7600, con respecto
al acceso a los medios de transporte público.
Para abordar con
mayor amplitud las fiscalizaciones desde el ámbito nacional, se elaborará y
aplicará un Índice de Gestión en Discapacidad, a entidades que son
estratégicas en su papel rector y en el cumplimiento de derechos relevantes
para la satisfacción de las necesidades de las personas con discapacidad.
Incorporará indicadores de cumplimiento de la normativa en discapacidad y
su propósito es disponer de información oportuna y precisa de un grupo de
las instituciones, en relación con el mejoramiento de las condiciones y
calidad de vida de las personas con discapacidad.
Procedimiento para acceder al
producto y/o servicio
Analizar requerimientos de
fiscalización provenientes de diversos actores sociales, internos y
externos, así como resultados de otros procesos como el de investigación, asesoría,
seguimiento, para determinar
prioridades.
Definir las entidades a fiscalizar.
Abrir o actualizar expedientes
de las entidades seleccionadas.
Analizar el marco jurídico de las entidades seleccionadas.
Coordinar con unidades organizativas del CNREE para identificar
acciones de rectoría emprendidas con las entidades seleccionadas,
resultados obtenidos y avances del
cumplimiento de la normativa que protege los derechos de las personas con
discapacidad.
Analizar avances del cumplimiento de la normativa que
protege los derechos de las personas con discapacidad, de parte de las
entidades seleccionadas.
Establecer la metodología de la fiscalización según requerimientos y
entidades seleccionadas: insumos, alcances, indicadores, instrumentos,
recursos, cronograma, personas responsables, etc.
Coordinar acciones con entidades a fiscalizar: envío de oficios,
definición de contrapartes, confirmación de visitas y otras actividades.
Informar a las rectorías,
cuando corresponda, Sobre las
acciones de fiscalización a realizar.
Ejecutar las acciones de fiscalización definidas.
Analizar y verificar
documentos y otros elementos de respaldo.
Coordinar con otras entidades de control, cuando se considere
pertinente, a efecto de articular acciones, resoluciones o solicitar
criterios técnicos y jurídicos.
Elaborar informe preliminar de fiscalización: hallazgos,
conclusiones, recomendaciones.
Remitir a las autoridades de las entidades fiscalizadas informe
preliminar de fiscalización,
para que en tiempo de ley remitan sus recomendaciones a la Unidad de
Fiscalización.
Elaborar informe final de fiscalización: hallazgos, conclusiones,
recomendaciones.
Remitir a las autoridades de las entidades fiscalizadas el informe final de fiscalización, con copia a las personas o
dependencias involucradas, indicando el plazo para la entrega de plan de medidas
correctivas a la Unidad de Fiscalización.
Incorporar en el expediente los documentos generados del proceso de
fiscalización.
Enviar los informes de fiscalización, una vez que se tenga el
comprobante de recibido por parte de las entidades fiscalizadas, a la Unidad de Comunicación y Difusión
para publicarlos en la página Web.
Elaborar informes anuales de
las fiscalizaciones realizadas.
Coordinar con la Unidad de Comunicación y Difusión la publicación y
divulgación de los informes anuales.
Documentos asociados
Sistema de Gestión
Unidad de Fiscalización
Estrategia de Mediano
Plazo 2015-2018
Informes de
fiscalización
Ley 9303: Creación
del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad
Ley 8661:
Ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y su Protocolo Facultativo.
Ley 7600: Ley de Igualdad
de Oportunidades para las personas con discapacidad.
Ley 8822, del 29
de abril del 2010, que reforma el Código Municipal e introduce la
obligatoriedad de todas las Municipalidades del país de crear y mantener
las Comisiones Municipales de Accesibilidad (COMAD).
Ley 8862:
Inclusión y Protección Laboral de las personas con discapacidad en el
sector público.
Decreto N°
26831-MP: Reglamento de la Ley 7600, de Igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad.
Decreto N°
36524-MP-MBSF-PLAN-S-MTSS-MEP: Política Nacional en Discapacidad 2011-2021
(PONADIS).
Formularios asociados
Instrumento para
atención de reportes sobre condiciones de accesibilidad en unidades de
autobús.
Instrumento para
la consulta a población con discapacidad y sus familias sobre la percepción
que tienen de sus derechos humanos y sobre el actuar de las entidades con
presencia cantonal enfocadas al abordaje de la pobreza y exclusión social.
Instrumento para
la consulta de datos e información a entidades públicas sobre el cumplimiento
de los Derechos Humanos de las personas con discapacidad.
Información de los funcionarios
a contactar
Yorleny Acuña Castro, Encargada. yacuna@cnree.go.cr
Sandra Carazo
Céspedes. scarazo@cnree.go.cr
Jesús Fallas
Valenciano. jfallas@cnree.go.cr
Carmen María
Quirós Ocampo cquiros@cnree.go.,cr
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