Mediante el programa denominado Pobreza y Discapacidad, el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, Conapdis, contribuye a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad en condición de pobreza y en estado de abandono y/o riesgo social.
- Aportar a personas con discapacidad en condición de pobreza recursos para el acceso a servicios y apoyos diversos.
- Aportar a personas con discapacidad en estado de abandono recursos para la satisfacción de necesidades básicas y las derivadas de la discapacidad.
Nacional
La responsabilidad de la ejecución del Programa le corresponde al Director de Operaciones Regionales, que contará con las siguientes Rectorías Regionales en Discapacidad, cada una bajo la responsabilidad de una jefatura:
Sede Regional Central Norte |
Sede Regional Oriente / Turrialba |
Sede Regional Pacifico Central |
Sede Regional Central Sur |
Sede Regional Brunca |
Sede Regional Central Occidente |
Sede Regional Central Oriente |
Sede Regional Chorotega |
Sede Regional Huetar Caribe |
Sede Regional Huetar Norte |
El Conapdis desarrolla acciones tendientes a facilitar el acceso a servicios que apunten al desarrollo de capacidades individuales y les permita superar paulatinamente la situación de desventaja social y la satisfacción de necesidades derivadas de la discapacidad que favorezcan la calidad de vida y el ejercicio de los derechos y la promoción de estilos de vida independiente.
Para abordar lo anterior, se establecen dos Ejes de intervención con diferentes modalidades de atención.
- Eje cuya finalidad es facilitar el acceso a servicios, apoyos diversos con el propósito de contribuir con el desarrollo de capacidades individuales y facilitar el pleno goce del derecho de las personas con discapacidad de vivir en igualdad de condiciones.
Eje destinado a la atención de las necesidades básicas y las derivadas de la discapacidad de aquellas personas que enfrentan mayor vulnerabilidad social y requieren ambientes de convivencia más estable; dado que sus familiares biológicos no ejercieron adecuadamente su rol de protección y se encuentran en condición de abandono.
El fin es llevar a cabo acciones concretas, conjuntamente con la comunidad, para la atención de estas personas que presentan las particularidades antes mencionadas.
Las características de esta población entre muchas otras, están antecedentes de violencia física, psicológica sexual y /o patrimonial. Lo cual trae como consecuencia que la población sea establece y no egresa dado su perfil caracterizado.
Además se busca que en aquellos sistemas familiares donde hay presencia de indicadores de riesgo de abandono y hay vinculación biológica o por afinidad con el beneficiario se otorga el subsidio para prevenir esta situación y mantener los vínculos afectivos con su familia de origen.
Las personas que resulten beneficiarias del eje de protección deben encontrarse en condición de abandono comprobado, y no deberán encontrarse en condición de apoyos a la discapacidad generalizados o para hospitalarios según la Ley del Programa de Convivencia Familiar. Esto se determinará de acuerdo a cada situación en concreto.
Las diferentes modalidades residenciales que comprenden el eje de protección del programa no podrán ser utilizadas como hogares sustitutos o como opciones para cumplir medidas privativas de libertad, no podrán suplir los servicios médicos o cualquier otro fin que se aparte del objetivo del programa, sea, procurar a las personas que califiquen como beneficiarias de una alternativa residencial en un ambiente comunitario y familiar.
Las personas a beneficiar con recursos del FODESAF, serán aceptadas solamente cuando pertenezcan a las categorías de pobreza y pobreza extrema definidas por el INEC
- El Eje de Promoción utiliza recursos provenientes de la Ley Nº 5662, y sus reforma y de la Ley 8783 y su reglamento.
- El Eje de Protección utiliza recursos provenientes de las leyes Nº 5662 y Ley Nº 8783.
- El Eje de Promoción beneficia aquellas personas con discapacidad en condición de pobreza, costarricenses y extranjeros residentes legales del país, menores de 65 años de edad inclusive; incluyendo a las personas menores de edad con discapacidad que se encuentren en condición de pobreza, aunque carezcan de una situación migratoria regular en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
- El Eje de Protección beneficia la población adulta con discapacidad, mayor de 18 años de edad y menor de 65 años de edad inclusive, que se encuentre en condición de abandono comprobado, por lo que requerirán, además del subsidio, que se le incluya en una opción residencial para poder desarrollar su vida digna e independientemente. Los beneficiarios del programa que alcanzan los 65 años de edad y las situaciones de personas mayores de 65 años que no han sido beneficiarios anteriormente, deberán ser referidos al Consejo Nacional Persona Adulta Mayor, al ser la Institución competente
Eje de Promoción:
Artículo 8° del Reglamento de Subsidios dice que las personas beneficiarias del Programa Pobreza y Discapacidad, Eje de Promoción, podrán recibir subsidios para los siguientes destinos de inversión:
- Complementos nutricionales
- Medicamentos especializados
- Pañales
- Mensualidad
- Material didáctico
- Transporte
- Recreación
Eje de Protección:
Las modalidades en las que se ubican las personas beneficiaras de subsidios del Eje de
Protección, y que se encuentran descritas en el Reglamento son las siguientes:
Modalidades Residenciales
Hogar Multifamiliar: Modalidad residencial que se clasifica de acuerdo a las características de sus miembros, a saber:
- Hogar multifamiliar parental
- Hogar multifamiliar filial
- Hogar multifamiliar de pares
- Familia Solidaria
- Hogar Unipersonal
- Hogar de Convivencia en Pareja
- Residencias Privadas
- Hogar Grupal
Rubros para los cuales se otorga subsidios con el Programa de Protección:
- Artículos personales
- Alimentación
- Artículos de limpieza
- Artículos o Gastos Personales
- Atención directa
- Actividades de recreación
- Complementos nutricionales
- Mantenimiento
- Material didáctico
- Medicamentos especializados
- Menaje
- Enseres domésticos
- Mensualidad
- Pañales
- Recreación
- Servicios públicos
- Transporte
- Vestido y calzado
- Vivienda
Si requiere más información sobre este tema puede referirse a la rectoría regional del Conapdis más cercana.
San Isidro de El General. Barrio Villa Ligia. Contiguo al Colegio Técnico Profesional. Tel. 4060-3082 |
200 m norte del Cementerio Jardines del Recuerdo. Tel. 4060-3039 |
100 sur y 50 oeste Banco Nacional. Oficentro. Tel. 4060-3093 |
Barrio Campabadal. 50 oeste y 150 sur del parque INVU. Tel. 4060-3354 |
contiguo al segundo circuito goicoechea Tel. 4060-3064 |
225 m sur del Seguro Social. Tel. 4060-3367 |
175 m oeste del Supermercado Arrecife. Tel. 4060-3369 |
150 m sur del Liceo San Carlos. Tel. 4060-3363 |
El Roble de Puntarenas. 200 m este Correos de Costa Rica. Tel. 4060-3098 |